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Delegar tareas clínicas con ética: supervisión, transparencia y seguridad en el equipo dermatológico

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Lectura clínica · Ética · Seguridad y organización del equipo

Delegación en dermatología: qué puede hacer cada miembro del equipo, cuánta supervisión exige y qué debe saber el paciente sobre quién le atiende

Sobre el capítulo 10, «The Extender Is In: Delegating Ethically—Ethical and Professional Issues Relating to Physician Extenders in Dermatology» (Steven Rosenberg y Clifford Perlis) · Dermatoethics: Contemporary Ethics and Professionalism in Dermatology, 1.ª ed., 2012

Del capítulo disponemos de los tres casos y de la primera parte de la discusión: demoras para ver al dermatólogo, auge de asistentes médicos y enfermeras de práctica avanzada en Estados Unidos, diferencias de formación y supervisión, y la postura más exigente de la Academia Americana de Dermatología. La lectura conserva su pregunta central, cómo delegar sin rebajar la calidad, y la traslada a España, donde no existe la figura del asistente médico: enfermería dermatológica y prescripción enfermera, residentes, técnicos en centros de estética y médicos de familia que triajan. Se actualiza con la evidencia reciente sobre precisión diagnóstica y sustitución enfermera.

DelegaciónSupervisiónEnfermería dermatológicaResidentesIdentificación profesionalSeguridad del paciente

Obra de referencia: Bercovitch L, Perlis C (eds.), Dermatoethics: Contemporary Ethics and Professionalism in Dermatology, 1.ª ed. (Springer, 2012). Síntesis editorial DermRX actualizada a octubre de 2026 · Revisión clínica individual pendiente · 13 min de lectura.

Ideas esenciales

En 20 segundos

  • Delegar permite atender a más pacientes y antes, lo que sirve a la justicia; pero si baja la calidad, el beneficio se convierte en daño. El capítulo resume la salvaguarda clásica: diagnóstico y plan iniciales por el dermatólogo, supervisión real y paciente informado de quién es cada miembro del equipo.
  • En España no hay asistentes médicos, pero la pregunta es idéntica para enfermería dermatológica, residentes, técnicos de láser y circuitos de triaje. La Ley 44/2003 admite la delegación dentro del equipo con condiciones previamente establecidas, y reconoce al paciente el derecho a conocer el nombre, la titulación y la función de quien le atiende.
  • La evidencia reciente es matizada: la sustitución enfermera en hospital ofrece resultados similares en muchos desenlaces, pero en cáncer cutáneo los profesionales no médicos estadounidenses biopsian más por diagnóstico y detectan menos melanomas in situ. Delegar bien es elegir la tarea, el protocolo y la supervisión.
Lo que merece la pena retener

Claves de la lectura

1

El argumento de la demora es real, pero no justifica cualquier delegación

El capítulo arranca con las esperas para una primera visita dermatológica en Estados Unidos, largas incluso para un nevus que cambia y peores para pacientes con cobertura pública, y con la percepción de escasez de dermatólogos. La justicia distributiva apoya ampliar el equipo. Pero los autores lo condicionan desde la primera página: si la delegación produce una atención inferior o irregular, los beneficios de acceso se convierten en daño real.

2

La formación de quien recibe la tarea debe ser conocida, no supuesta

Los autores describen la variabilidad de la preparación: programas generales de asistente médico de dos a casi tres años, con una formación dermatológica que, según su propia sociedad, suele dar el dermatólogo que los supervisa, y enfermeras de práctica avanzada con requisitos de experiencia y examen específicos. La lección para España es que quien delega debe conocer la competencia concreta de la persona en la tarea concreta, y documentar cómo se ha acreditado.

3

Supervisión no significa lo mismo para todos

El libro contrasta modelos: la sociedad de asistentes médicos considera al médico responsable último y disponible siempre, aunque sea por vía electrónica; la enfermera de práctica avanzada estadounidense puede ejercer de forma independiente según el estado; y la Academia Americana de Dermatología exige supervisión presencial y evaluación inicial por el dermatólogo. La palabra «supervisión» debe concretarse: presencia, disponibilidad, revisión de casos o solo responsabilidad nominal.

4

La primera evaluación de un problema nuevo es la tarea menos delegable

La postura de la Academia Americana, que el capítulo considera más explícita y estricta que la de las organizaciones de asistentes y enfermería, reserva al dermatólogo la evaluación inicial, el diagnóstico y el plan de un problema nuevo. Los autores lo justifican por beneficencia y no maleficencia: el plan lo traza quien más sabe de piel. Las tareas de seguimiento protocolizado, educación y procedimientos indicados son delegables con mucha más seguridad.

5

La práctica real se aleja de las recomendaciones

Según la encuesta que citan los autores, casi un tercio de los dermatólogos que empleaban a estos profesionales los supervisaba fuera del centro al menos una parte del tiempo, y la gran mayoría les permitía ver pacientes nuevos o problemas nuevos en pacientes conocidos. El capítulo lo presenta como una brecha entre ética declarada y organización real. Es la misma brecha que debe vigilarse en cualquier servicio que crece con presión asistencial.

6

El paciente tiene derecho a saber quién le atiende

El tercer caso, una paciente que descubre que «el doctor» que la veía era un asistente con bata blanca, ilustra la exigencia de autonomía que el capítulo hace explícita: el paciente debe conocer la cualificación y el papel de cada miembro del equipo. En España la Ley 44/2003 lo recoge como derecho. Tarjeta identificativa visible, presentación con nombre y profesión y ninguna ambigüedad en el título.

7

Delegar no traslada la responsabilidad de la indicación

Los dos primeros casos muestran errores de organización: un profesional recién formado que atiende solo desde el primer día para que la consulta sea rentable, y una enfermera experta que trabaja en un centro donde el dermatólogo nunca está. En ambos, la decisión cuestionable es de quien organiza. La deontología médica y la Ley 41/2002, con su figura del médico responsable, sitúan en el dermatólogo la coordinación del proceso aunque otros ejecuten tareas.

Repaso

Figuras, tareas y salvaguardas de la delegación

Quién puede hacer qué en un servicio de dermatología en España y qué condición ética acompaña a cada delegación.

Figuras del equipo en España

Enfermería dermatológica

Ley 44/2003
Qué es
Enfermeras con formación en dermatología que realizan curas, fototerapia, educación sanitaria, técnicas protocolizadas y apoyo a teledermatología.
Riesgo o dilema
Asumir de facto valoraciones diagnósticas iniciales por presión de agenda, sin protocolo ni acreditación.
Conducta
Definir por escrito tareas, criterios de derivación al dermatólogo y supervisión; formación acreditada y revisión periódica de casos.

Prescripción enfermera

RD 1302/2018
Qué es
Indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos por enfermeras acreditadas; los sujetos a prescripción médica, conforme a protocolos o guías validados.
Riesgo o dilema
Ampliar en la práctica el catálogo de fármacos más allá del protocolo validado.
Conducta
Protocolos aprobados para cada situación (curas, emolientes, seguimiento) y diagnóstico e indicación inicial a cargo del médico cuando el protocolo lo exige.

Médico interno residente

RD 183/2008
Qué es
Especialista en formación con responsabilidad progresiva y supervisión decreciente.
Riesgo o dilema
Residentes de primer año sin supervisión presencial efectiva o con agendas propias que nadie revisa.
Conducta
Protocolo de supervisión del servicio por año de residencia; supervisión física en el primer año y visado de sus decisiones por un especialista.

Técnico en centro de estética

Intrusismo
Qué es
Personal no sanitario que aplica láser, luz pulsada o tratamientos con riesgo de lesión cutánea.
Riesgo o dilema
Quemaduras, discromías y lesiones pigmentadas tratadas sin diagnóstico previo.
Conducta
En un centro sanitario, indicación médica y supervisión; nunca tratar una lesión pigmentada sin valoración dermatológica.

Tareas según su grado de delegabilidad

Primera valoración de un problema nuevo

Poco delegable
Qué es
Anamnesis, exploración, diagnóstico y plan ante una consulta o lesión nueva.
Riesgo o dilema
Error diagnóstico, biopsias innecesarias o melanomas in situ no detectados.
Conducta
Reservarla al dermatólogo; si otro profesional ve primero, que sea por protocolo con revisión dermatológica del caso.

Seguimiento protocolizado

Delegable con protocolo
Qué es
Revisiones de enfermedades estables, analíticas de monitorización, adherencia y educación.
Riesgo o dilema
No reconocer un cambio que exige volver al médico.
Conducta
Criterios explícitos de alarma y de retorno al dermatólogo, y canal de consulta inmediato.

Procedimiento indicado

Delegable con competencia
Qué es
Fototerapia, curas, crioterapia o técnicas en las que el dermatólogo ya ha diagnosticado e indicado.
Riesgo o dilema
Ejecutar sobre un diagnóstico erróneo o sin capacidad para manejar complicaciones.
Conducta
Indicación médica registrada, competencia acreditada y médico localizable durante el procedimiento.

Triaje en teledermatología

Responsable único
Qué es
Selección y envío de imágenes por atención primaria o enfermería y respuesta dermatológica.
Riesgo o dilema
Imagen insuficiente y responsabilidad diluida entre quien deriva y quien responde.
Conducta
Estándares de captura, dermatoscopia en lesiones pigmentadas y responsable identificado del seguimiento.

Salvaguardas éticas

Identificación profesional

Autonomía
Qué es
Derecho del paciente a conocer nombre, titulación y función de quien le atiende.
Riesgo o dilema
Bata blanca y trato de «doctor» que inducen a error.
Conducta
Tarjeta visible, presentación explícita y corrección inmediata si el paciente confunde la profesión.

Supervisión real

No maleficencia
Qué es
Presencia o disponibilidad efectiva del dermatólogo y revisión de casos.
Riesgo o dilema
Supervisión nominal: un médico que firma sin ver o que está en otro centro.
Conducta
Definir modalidad, horarios de disponibilidad y casos que se revisan siempre; dejarlo por escrito.

Incentivo económico

Justicia
Qué es
Delegar para aumentar actividad o cubrir costes de personal.
Riesgo o dilema
Que el criterio de rentabilidad decida el grado de autonomía, como en el primer caso del capítulo.
Conducta
Autonomía proporcional a la competencia demostrada y periodo de incorporación supervisado.

Auditoría de resultados

Calidad
Qué es
Medición periódica de indicadores como biopsias por cáncer diagnosticado, reconsultas o eventos adversos.
Riesgo o dilema
Suponer que la delegación funciona porque no hay quejas.
Conducta
Revisar indicadores por profesional y ajustar tareas, formación o supervisión con los resultados.
Segunda mirada

Contrastes que resuelven la duda

Comparaciones que aclaran qué cambia al pasar del modelo estadounidense al español y de una delegación segura a otra arriesgada.

Asistente médico estadounidense frente a enfermería dermatológica española

Formación
Programa general de dos a casi tres años con formación dermatológica casi siempre en el puesto frente a grado en enfermería con formación posterior en dermatología no homogénea.
Marco legal
Leyes de cada estado frente a Ley 44/2003 y normas autonómicas de ordenación profesional.
Prescripción
Amplia según el estado frente a RD 1302/2018 con protocolos validados para fármacos de prescripción médica.
Primera consulta
Frecuente en la práctica según el capítulo frente a excepcional y siempre protocolizada.
Riesgo principal
Sustitución del dermatólogo en el diagnóstico frente a deriva de tareas sin protocolo por presión asistencial.

Supervisión presencial frente a disponibilidad a distancia

Definición
Dermatólogo en el mismo centro durante la actividad frente a localizable por teléfono o vía electrónica.
Quién la defiende
Academia Americana de Dermatología frente a organizaciones de asistentes médicos.
Ventaja
Revisión inmediata de dudas y de lesiones frente a flexibilidad para cubrir varios centros.
Riesgo
Menor capacidad asistencial frente a supervisión nominal, como en el segundo caso del capítulo.
Cuándo elegirla
Profesional en incorporación, residentes de primer año y procedimientos con riesgo frente a seguimiento protocolizado de un profesional con competencia acreditada.

Delegación de tareas frente a sustitución del médico

Qué se transfiere
Una tarea concreta con indicación médica frente a la valoración global del paciente.
Evidencia
Resultados similares en muchos desenlaces de sustitución enfermera hospitalaria frente a peor rendimiento diagnóstico en cáncer cutáneo en estudios estadounidenses.
Responsabilidad
Compartida y definida frente a ambigua y discutida tras un evento adverso.
Información al paciente
Sabe quién ejecuta y quién decide frente a puede creer que le ve un médico.
Ética
Justicia sin sacrificar beneficencia frente a acceso a costa de calidad.

Láser en centro sanitario frente a centro de estética

Quién indica
Médico que diagnostica antes de tratar frente a decisión comercial o del operador.
Lesiones pigmentadas
Valoración previa y, si procede, dermatoscopia frente a riesgo de tratar un melanoma no diagnosticado.
Complicaciones
Manejo médico inmediato frente a derivación tardía.
Litigiosidad
Menor en series estadounidenses frente a predominio creciente de reclamaciones por operadores no médicos.
Marco
Autorización sanitaria del centro frente a normativa autonómica de establecimientos y riesgo de intrusismo.
Escenarios clínicos

Qué haría en consulta

Situaciones frecuentes en consulta de dermatología y cómo las resolvería con el capítulo, la deontología y la normativa actual.

Sila clínica privada donde trabajo contrata a una enfermera recién graduada y la gerencia quiere que pase consulta sola desde la primera semana

Me opongo a ese esquema y propongo una incorporación por fases: primero observa y trabaja conmigo, después realiza tareas protocolizadas con supervisión presencial y solo más tarde asume seguimientos con criterios de retorno escritos. No asumirá primeras visitas de problemas nuevos. Explico a la gerencia que es exactamente el error del primer caso del capítulo: decidir la autonomía por la cuenta de resultados, no por la competencia demostrada. Lo dejo por escrito.

Sicubro tres centros y la enfermera de uno de ellos atiende pacientes los días en que yo no estoy

Defino con ella qué puede hacer en mi ausencia: curas, fototerapia indicada, educación y revisiones protocolizadas, nunca valorar lesiones nuevas ni modificar tratamientos fuera del protocolo. Fijo un horario en el que estoy localizable y un circuito para que me envíe imágenes por la vía institucional. Revisamos casos juntos cada semana. Si la carga real exige valoraciones médicas esos días, lo planteo a la dirección como necesidad de dermatólogo, no como ampliación tácita de sus funciones.

Siuna paciente se enfada al descubrir que la persona a la que llamaba doctor en sus revisiones es enfermera

Le pido disculpas por la confusión y le explico con claridad quién es cada miembro del equipo y qué hace: la enfermera realiza las revisiones protocolizadas y yo decido el diagnóstico y el tratamiento. Le ofrezco verme en la próxima visita si lo prefiere. Después revisamos en el servicio que todos llevemos identificación visible y nos presentemos con nombre y profesión, porque la Ley 44/2003 reconoce al paciente el derecho a saberlo. Ninguna ambigüedad es inocua.

Siun residente de primer año tiene agenda propia de primeras visitas y nadie revisa sus decisiones

Lo planteo al tutor y al jefe de servicio: el RD 183/2008 exige supervisión de presencia física en el primer año y que sus decisiones las vise un especialista. Propongo que cada paciente nuevo se comente antes del alta y que el informe lleve la firma de un adjunto. No es desconfianza hacia el residente sino protección para él y para el paciente. A medida que avance, la supervisión se graduará según el protocolo del servicio.

Siun paciente acude con una quemadura tras depilación láser en un centro de estética y me pide que lo denuncie

Primero trato la quemadura y documento con fotografías y descripción detallada. Le explico que mi papel es asistencial y que le haré un informe clínico objetivo que podrá usar en la reclamación que decida presentar ante consumo o la autoridad sanitaria autonómica. No emito juicios sobre la técnica del operador sin datos. Si observo un patrón de casos del mismo centro, lo comunico a inspección sanitaria. Le recomiendo que cualquier lesión pigmentada se valore antes de nuevas sesiones.

Sila dirección propone que enfermería haga el cribado de lesiones pigmentadas para reducir la lista de espera

Valoro positivamente aumentar el acceso, pero propongo un modelo con salvaguardas: enfermería formada captura imágenes clínicas y dermatoscópicas con estándar definido, y yo valoro cada caso en teledermatología; ninguna lesión se da de alta sin mi revisión. Pido auditar biopsias por cáncer diagnosticado, tiempos y melanomas detectados. La evidencia sobre profesionales no médicos que diagnostican solos en cáncer cutáneo es preocupante; la de modelos de apoyo con supervisión dermatológica, mucho más favorable.

Detalles que cambian la conducta

Perlas de examen y de consulta

◆Delegar una tarea no es delegar una decisión

Enfermería puede ejecutar fototerapia, curas o revisiones con excelencia; lo que no debe trasladarse sin protocolo es el diagnóstico y el plan de un problema nuevo. Separar ejecución e indicación evita la mayoría de los conflictos.

◆Supervisión que no puede describirse no existe

Si no puede decir dónde está el supervisor, cuándo se le localiza y qué casos revisa siempre, la supervisión es nominal. Escríbalo: es la mejor defensa ante un evento adverso y ante el paciente.

◆El número de biopsias por cáncer es un buen termómetro

En estudios estadounidenses los asistentes médicos necesitaron más biopsias para diagnosticar un cáncer cutáneo y detectaron menos melanomas in situ. Medir este indicador por profesional permite ajustar formación y supervisión con datos.

◆La bata blanca no identifica

El paciente no distingue profesiones por la vestimenta. Presentarse con nombre y profesión en cada visita y llevar identificación legible es una obligación legal en España y una forma básica de respeto a la autonomía.

◆La rentabilidad no mide la competencia

El primer caso del capítulo es un aviso: asignar autonomía para cubrir un salario es invertir el orden ético. La autonomía se gana con competencia demostrada en tareas concretas, no con la necesidad de la consulta.

◆El residente de primer año no se supervisa a distancia

La normativa española de formación sanitaria especializada exige supervisión física en el primer año y visado de sus decisiones por un especialista. Una agenda propia sin revisión incumple la norma y desprotege al residente.

Contraste con fuentes actuales

Actualización DermRX

Qué ha cambiado entre la obra (2012) y octubre de 2026, y qué conviene adaptar al marco deontológico y legal español.

NormativaSin asistentes médicos, pero con delegación regulada

El capítulo describe un mercado estadounidense con asistentes médicos y enfermeras de práctica avanzada regulados por cada estado. En España esa figura no existe y la delegación se ordena por la Ley 44/2003, que regula el trabajo en equipo, admite la distribución de actuaciones si las condiciones están previamente establecidas y reconoce al paciente el derecho a conocer el nombre, la titulación y la función de quien le atiende. La Ley 41/2002 aporta la figura del médico responsable, que coordina la información y la asistencia aunque otros profesionales intervengan.

Fuentes: Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (BOE). Ley 41/2002, de autonomía del paciente (BOE).

NormativaPrescripción enfermera: protocolos validados, no autonomía plena

Los autores señalan que las enfermeras de práctica avanzada estadounidenses pueden ejercer de forma independiente según el estado. En España, el RD 1302/2018 permite a las enfermeras acreditadas indicar medicamentos no sujetos a prescripción y, en el caso de los sujetos a prescripción médica, hacerlo conforme a protocolos o guías de práctica clínica validados, con el diagnóstico y la prescripción iniciales a cargo del médico cuando el protocolo así lo prevé. En dermatología, la herramienta ética es el protocolo: qué fármaco, para qué situación, con qué criterios de retorno al dermatólogo.

Fuentes: Real Decreto 1302/2018 (BOE).

EvidenciaPrecisión diagnóstica: el dato que faltaba en 2012

El capítulo debatía la delegación con datos de acceso y de prácticas de supervisión, pero sin comparaciones de calidad diagnóstica. Después llegaron: en una gran serie estadounidense los asistentes médicos necesitaron 3,9 biopsias por cáncer cutáneo diagnosticado frente a 3,3 de los dermatólogos, 39,4 frente a 25,4 por melanoma, y diagnosticaron menos melanomas in situ. Otro estudio encontró también más biopsias por diagnóstico entre profesionales de práctica avanzada. La revisión ética de 2026 sobre su uso en zonas rurales reclama supervisión obligatoria e información al paciente sobre el ámbito de actuación.

Fuentes: Anderson AM, et al. JAMA Dermatol. 2018 PMID: 29710082. Nault A, et al. JAMA Dermatol. 2015 PMID: 25806897. Lu K, Lipner SR. Clin Dermatol. 2026 PMID: 42142548.

EvidenciaLa sustitución enfermera funciona cuando el modelo está bien definido

Frente a la cautela en el diagnóstico de cáncer cutáneo, la revisión Cochrane de 2026, con 80 ensayos hospitalarios que incluyen dermatología, concluye que probablemente hay poca o ninguna diferencia entre la atención enfermera y la médica en mortalidad, calidad de vida y autoeficacia, y que puede no haberla en eventos de seguridad. Una revisión sistemática de modelos de cáncer cutáneo liderados por enfermería describe buena aceptación y potencial diagnóstico, aunque sin comparaciones directas con dermatólogos y con la delimitación de funciones como reto pendiente. El mensaje es organizativo: tarea definida, formación y supervisión.

Fuentes: Butler M, et al. Cochrane Database Syst Rev. 2026 PMID: 41672426. Kattach L, et al. J Adv Nurs. 2025 PMID: 40170176.

SeguridadLáser y estética: donde la delegación sin médico produce más daño

El capítulo no trata la estética, pero es hoy el terreno donde más se delega sin supervisión. En Estados Unidos la proporción de demandas por cirugía láser cutánea que implicaban a operadores no médicos aumentó de forma marcada entre 2008 y 2011, y la depilación láser fue el procedimiento más implicado. En España, la indicación de láser y luz pulsada con fines médicos corresponde a centros sanitarios autorizados, y el Código Penal castiga el intrusismo. El dermatólogo debe documentar las complicaciones que atiende y valorar toda lesión pigmentada antes de tratarla con luz.

Fuentes: Jalian HR, et al. JAMA Dermatol. 2014 PMID: 24132614.

DeontologíaEuropa ensaya figuras nuevas con la seguridad como criterio

Las demoras que abren el capítulo, documentadas por estudios con llamadas simuladas a consultas y por el análisis de la escasez de dermatólogos, siguen presentes en Europa. Alemania debate la integración de asistentes médicos en atención ambulatoria, y la revisión reciente advierte de que no debe verse como mera ampliación de plantilla sino como cuestión de seguridad: títulos ambiguos, límites de delegación poco claros y supervisión insuficiente generan riesgos evitables. Para residentes, el RD 183/2008 ya ofrece en España un modelo de supervisión graduada que puede inspirar cualquier delegación.

Fuentes: Bigge S. Cureus. 2026 PMID: 42553829. Tsang MW, Resneck JS. J Am Acad Dermatol. 2006 PMID: 16781292. Kimball AB, Resneck JS. J Am Acad Dermatol. 2008 PMID: 18723242.
Recursos relacionados

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Fuentes

Referencias

Lectura de referencia

Rosenberg S, Perlis C. Capítulo 10, «The Extender Is In: Delegating Ethically—Ethical and Professional Issues Relating to Physician Extenders in Dermatology». En: Bercovitch L, Perlis C, eds. Dermatoethics: Contemporary Ethics and Professionalism in Dermatology. Londres: Springer; 2012. Consultado en su edición original en inglés.

Fuentes consultadas para contrastar y actualizar

  1. Resneck J Jr, Pletcher MJ, Lozano N. Medicare, Medicaid, and access to dermatologists: the effect of patient insurance on appointment access and wait times. J Am Acad Dermatol. 2004;50(1):85-92. PMID: 14699371.
  2. Tsang MW, Resneck JS Jr. Even patients with changing moles face long dermatology appointment wait-times: a study of simulated patient calls to dermatologists. J Am Acad Dermatol. 2006;55(1):54-8. PMID: 16781292.
  3. Kimball AB, Resneck JS Jr. The US dermatology workforce: a specialty remains in shortage. J Am Acad Dermatol. 2008;59(5):741-5. PMID: 18723242.
  4. Nault A, Zhang C, Kim K, Saha S, Bennett DD, Xu YG. Biopsy use in skin cancer diagnosis: comparing dermatology physicians and advanced practice professionals. JAMA Dermatol. 2015;151(8):899-902. PMID: 25806897.
  5. Anderson AM, Matsumoto M, Saul MI, Secrest AM, Ferris LK. Accuracy of skin cancer diagnosis by physician assistants compared with dermatologists in a large health care system. JAMA Dermatol. 2018;154(5):569-73. PMID: 29710082.
  6. Jalian HR, Jalian CA, Avram MM. Increased risk of litigation associated with laser surgery by nonphysician operators. JAMA Dermatol. 2014;150(4):407-11. PMID: 24132614.
  7. Butler M, Kirwan M, Mc Carthy VJ, Cole JA, Schultz TJ. Substitution of nurses for physicians in the hospital setting for patient, process of care, and economic outcomes. Cochrane Database Syst Rev. 2026;2(2):CD013616. PMID: 41672426.
  8. Kattach L, Singleton H, Ersser S, Holley D, Pearson I, Shadeed A. Nurse-led models of service delivery for skin cancer detection: a systematic review. J Adv Nurs. 2025;81(12):8432-56. PMID: 40170176.
  9. Lu K, Lipner SR. Ethics of using advanced practice providers to expand dermatologic access in rural and underserved areas. Clin Dermatol. 2026;44(5):851-3. PMID: 42142548.
  10. Bigge S. Safe integration of physician assistants in German ambulatory care: a narrative review and practical supervision framework. Cureus. 2026;18(7):e112563. PMID: 42553829.
  11. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/21/44/con.
  12. Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/rd/2018/10/22/1302.
  13. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/l/2002/11/14/41/con.
  14. Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

DermRX · Revisión técnica por muestreo: · Alcance y estados editoriales. No equivale a una revisión clínica global.